El Consejo de la Unidad Académica de Medicina es la máxima autoridad, siendo el órgano consultivo y de toma de decisiones en los ámbitos académicos, técnicos y legislativos como lo señalan los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Orgánica y los artículos 57, 58, 59, 60 y 61 del Estatuto General de la UAZ.
El consejo de la Unidad Académica de Medicina deberá estar integrado por:
I. El (a) Presidente del Consejo, quien es el Director(a) de la Unidad
II.
II. Los Consejeros de Unidad:
a) Un representante profesor titular y suplente por cada Programa Académico de la
Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
b) Un representante alumno titular y suplente por cada Programa Académico de la
Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
III. Invitados:
a) Los Responsables de los Programas Académicos de la Unidad: Licenciatura, Maestría y
Doctorado.
b) La Secretaria Académica de la Unidad.
Tendrán derecho a voz y voto el Director(a) de la Unidad como consejero Presidente(a), los concejales de Unidad titulares o en su ausencia los suplentes. Tendrán derecho a voz los Responsables de los programas académicos de la UAM, los invitados y suplentes de concejales cuando estén presentes los titulares.

Doctorado en Ciencias con Orientación en Medicina Molecular

Doctorado en Ciencias con Orientación en Medicina Molecular

Doctorado en Ciencias con Orientación en Medicina Molecular

Doctorado en Ciencias con Orientación en Medicina Molecular

Maestria en Ciencias de la Salud

Maestria en Ciencias de la Salud

Doctorado en Ciencias con Maestria en Ciencias de la Salud

Maestria en Ciencias de la Salud

Licenciatura de Médico General

Licenciatura de Médico Genera

Licenciatura de Médico General

Licenciatura de Médico General
