H. Consejo de Unidad

Objetivo y Funciones

Objetivo y Funciones

El Consejo de la Unidad Académica de Medicina es la máxima autoridad, siendo el órgano consultivo y de toma de decisiones en los ámbitos académicos, técnicos y legislativos como lo señalan los artículos 45, 46 y 47 de la Ley Orgánica y los artículos 57, 58, 59, 60 y 61 del Estatuto General de la UAZ.

El consejo de la Unidad Académica de Medicina deberá estar integrado por:

I. El (a) Presidente del Consejo, quien es el Director(a) de la Unidad
II.
II. Los Consejeros de Unidad:
a) Un representante profesor titular y suplente por cada Programa Académico de la
Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
b) Un representante alumno titular y suplente por cada Programa Académico de la
Unidad: Licenciatura, Maestría y Doctorado.
III. Invitados:

a) Los Responsables de los Programas Académicos de la Unidad: Licenciatura, Maestría y
Doctorado.
b) La Secretaria Académica de la Unidad.
Tendrán derecho a voz y voto el Director(a) de la Unidad como consejero Presidente(a), los concejales de Unidad titulares o en su ausencia los suplentes. Tendrán derecho a voz los Responsables de los programas académicos de la UAM, los invitados y suplentes de concejales cuando estén presentes los titulares.

Integrantes
Agenda
Actas
Representantes en el H. Consejo del Área de Ciencias de la Salud
Representantes en el H. Consejo Universitario